La Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, con entrada en vigor el 16 de junio, es de aplicación en todo el territorio nacional y tiene por objeto posibilitar la aparición de una nueva clase de profesional colegiado, que es la propia sociedad profesional, mediante su constitución con arreglo a la citada Ley e inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del correspondiente Colegio.
Se entiende como sociedad profesional aquella que tenga por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional, es decir, aquélla para cuyo desempeño se requiere titulación universitaria oficial, o titulación profesional que para su ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio Profesional.
El Colegio ha constituido el Registro de Sociedades Profesionales en el que se inscribirán aquellas sociedades profesionales que el Registro Mercantil comunique al Colegio que han quedado registradas y en las que figuren como socios miembros de nuestro colectivo.
El 16 de junio de 2008 es la fecha límite para la inscripción en el Registro Mercantil de las sociedades constituidas antes de la entrada en vigor de la Ley. |